modalidad 40 retroactiva

Pago Retroactivo de Modalidad 40 con Financiamiento

La Modalidad 40 IMSS, conocida legalmente como Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, sigue siendo la inversión más poderosa disponible para los trabajadores de la pension Ley 73. Sin embargo, desde la reforma de 2020, su costo aumenta cada año —en 2025 el factor es del 13.347%, y llegará al 18.8% en 2030— lo que obliga a diseñar una estrategia financiera clara antes de dar el primer paso.

Esta guía explica con precisión las dos formas de pago, cómo opera el financiamiento bancario regulado y por qué el Articulo 93 Ley ISR es el mejor aliado para quienes aún tienen años de planeación por delante.

1. Pago Mensual vs Pago Retroactivo en Modalidad 40 IMSS

Existen dos caminos para cubrir las cuotas y elevar el promedio salarial de las últimas 250 semanas. La elección depende de tu flujo de efectivo, tu historial y tu proximidad a la edad de retiro.

CaracterísticaPago MensualPago Retroactivo
¿Financiable con banco?❌ No✅ Sí
¿Genera semanas de inmediato?LentamenteDe golpe
¿Eleva el promedio salarial rápido?No
¿Genera recargos del IMSS?❌ No✅ ~11% anual extra
Tiempo de recuperación de inversión10 a 12 meses10 a 14 meses

Pago Mes a Mes: La opción más económica

Pagas directamente al IMSS sin intereses ni intermediarios. En 2025 el costo al tope de 25 UMAs es ~$11,483 mensuales; para 2030 superará los $20,000. La ventaja es clara: sin recargos. La desventaja: se requiere flujo mensual constante durante años y no es financiable por ninguna institución.

Pago Retroactivo: Máximo impacto, capital inicial

El pago retroactivo cubre en una sola exhibición los meses que dejaste de cotizar tras tu baja laboral (hasta 5 años atrás). El IMSS aplica actualizaciones y recargos de aproximadamente 11% por cada año cubierto. Sin embargo, la ventaja es determinante: eleva el promedio salarial de inmediato y permite tramitar la pensión mejorada al instante.

2. Financiamiento Bancario: El Secreto para una Pensión de 30000 pesos

Para los trabajadores con un sólido historial de 1300 semanas o más pero sin el capital líquido para un retroactivo, el financiamiento bancario regulado es la solución. Su premisa: la pensión mejorada sirve como garantía de pago del crédito.

¿Quién califica para el financiamiento?

Para acceder a este esquema, debes cumplir simultáneamente:

  1. Tener al menos 60 años cumplidos.
  2. Contar con 1300 semanas cotizadas o más ante el IMSS.
  3. Estar dado de baja del régimen obligatorio desde hace 1 a 3 años.
  4. No tener un empleo activo que cotice al IMSS.

IMPORTANTE

La Modalidad 40 IMSS es incompatible con cualquier trabajo que genere cotización al IMSS. Para iniciar el proceso, es obligatorio tener una fecha de baja vigente del régimen obligatorio.

Cómo opera el esquema de cofinanciamiento

El banco no suele cubrir el 100% del costo. Lo común es un modelo mixto:

  • El banco aporta la parte principal del retroactivo (tasa promedio 2.5% mensual, sin Buró de Crédito y sin aval).
  • El trabajador aporta la diferencia de sus ahorros propios.
  • El préstamo se liquida directamente de la pensión mejorada en 60 meses, sin rebasar el 30% del monto de la pensión por mandato legal.

Ejemplo real documentado: Un retroactivo de $250,887 pesos fue financiado con $244,575 del banco; el trabajador solo aportó $6,313 de su bolsillo. Su pensión subió de $15,984 a $28,537 pesos mensuales, ya descontando el pago del préstamo.


3. Ahorro Inteligente con el Articulo 93 Ley ISR

Para trabajadores menores de 55 años, el mejor momento de actuar es ahora. El Articulo 93 Ley ISR permite que el ahorro destinado al retiro y sus rendimientos estén exentos de impuestos al momento de retirarse después de los 60 años.

TIP

Estrategia recomendada: Un ahorro mensual de $3,000 pesos en fondos indexados o renta fija (CETES, Udibonos) acumulado a lo largo de 8 a 10 años puede cubrir la parte proporcional del cofinanciamiento, eliminando la dependencia total del crédito bancario.

Las condiciones para aprovechar esta exención, conforme a lo dispuesto en el Artículo 93 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta:

  • El ahorro debe realizarse en instrumentos específicos de retiro regulados.
  • El retiro debe efectuarse a partir de los 60 años de edad.
  • El plan debe ser conservador, automático e inembargable.
Articulo 93 LISR

4. Preguntas Clave Resueltas

¿Puedo inscribirme si trabajo por mi cuenta?

Sí. Puedes ejercer cualquier actividad independiente —ventas, servicios, consultoría— siempre que no generes una relación laboral subordinada que obligue a un patrón a darte de alta en el IMSS. La condición es no tener un aseguramiento vigente, tal como lo estipula el régimen voluntario en la Ley del Seguro Social, Artículo 218. La Modalidad 40 IMSS solo requiere que no tengas un seguro vigente.

¿Cuánto tiempo tardaré en recuperar la inversión?

En el esquema mensual, entre 10 y 12 meses desde el primer cobro de la pensión. En el retroactivo con financiamiento, entre 10 y 14 meses, dependiendo del monto financiado y las tasas aplicadas. Puedes verificar tu historial en el portal oficial de Semanas Cotizadas del IMSS para determinar tu punto de partida.

 

Ver más sobre el costo proyectado de la Modalidad 40 hasta 2030 aquí

art 218 lss

Conclusión: La Estrategia Correcta Depende de tu Perfil, No de una Fórmula

La Modalidad 40 IMSS sigue siendo la mejor inversión disponible para la Ley 73: la pensión es vitalicia, heredable, incluye aguinaldo de 30 días y aumenta anualmente con la inflación. Si tienes 1300 semanas o más, el financiamiento bancario puede ser tu palanca. Si aún tienes años por delante, el Articulo 93 Ley ISR es tu mejor aliado de inversión.

 

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